Presentación de documentación para la aplicación del tipo reducido del 5% para la adquisición de viviendas que vayan a ser objeto de INMEDIATA REHABILITACIÓN
Para DEVENGOS (COMPRAS) DESDE 1 DE ENERO DE 2020, deberá presentar en cualquier registro (o si lo desea indentificándose por registro electrónico en https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm) en el plazo máximo de los treinta y dos días posteriores a los dieciocho meses desde el devengo ante el Servicio de Tributos u Oficina Liquidadora del Distrito Hipotecario competente la siguiente documentación:
La licencia municipal de obras de rehabilitación de la vivienda por un importe de las obras que, como mínimo, sea el que da derecho a la aplicación del presente tipo reducido, así como el justificante de la tasa donde conste la base por la que se solicita.
Una relación firmada de las facturas derivadas de la rehabilitación, con indicación para cada una del número y, en su caso, serie, la fecha de expedición, la fecha de realización de las operaciones, en caso de que sea distinta de la anterior, el nombre y apellidos, razón social o denominación completa y número de identificación fiscal de quién la expide, el importe total de la factura desglosando en su caso el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Dispone de este modelo y este anexo para presentar dicha documentación:
NO PROCEDE LA PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS EN ESE PLAZO, SÓLO LA RELACIÓN FIRMADA.
Asimismo, será requisito imprescindible para la aplicación del tipo reducido la conservación de dichas facturas por un plazo de 4 años desde que finalicen los treinta días hábiles del periodo de presentación de la documentación.