Importe mínimo a aplazar/fraccionar de 300€. Deudas superiores a 50.000€ para Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y A.J.D, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre el Patrimonio y Tasas Fiscales sobre el Juego y a 18.000€ para el resto, necesario presentación de aval.
Obligatorio adjuntar a la solicitud acreditación de dificultades financieras transitorias por las que no puede hacerse frente al pago de la deuda en el periodo ordinario.
Periodicidad de los pagos fraccionados que se conceden:
Trimestrales para deudas en periodo voluntario.
Mensuales para deudas en periodo ejecutivo.
Importe mínimo de los pagos fraccionados a conceder:
300 € para trimestres.
100 € para meses.
Plazos máximos a conceder:
Fraccionamientos:
Hasta 3.000 € hasta 1 año.
Hasta 6.000 € hasta 2 año.
Hasta 12.000 € hasta 3 año.
Mayor 12.000 € hasta 4 año.
Aplazamientos:
Hasta 3.000 € hasta 6 meses.
Hasta 6.000 € hasta 12 meses.
Hasta 12.000 € hasta 18 meses.
Mayor 12.000 € hasta 24 meses.
La propuesta de pago de la solicitud tiene que estar dentro de los plazos anteriores y es vinculante. Ha de cumplirse en todo caso, incluso si no ha sido contestada la solicitud.
Para obtener las cartas de pago por cada fracción acuda, con anterioridad al vencimiento de cada pago, al Servicio de Tributos, Paseo Pereda nº 13 BAJO, Sección de Información, no olvide que es obligatorio sacar un número para poder ser atendido.
El incumplimiento de los pagos propuestos puede dar lugar a la denegación del aplazamiento/fraccionamiento.