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MODELO 675, Impuesto sobre depósito de residuos sólidos en vertederos

El modelo de autoliquidación 675 es el documento de autoliquidación e ingreso del Impuesto sobre el Depósito de Residuos Sólidos en Vertederos.

En virtud de la Ley 6/2009, de Medidas Fiscales para el año 2010, por la que se creó el Impuesto, estarán obligados a la autoliquidación del mismo los sustitutos del contribuyente, es decir, los propios vertederos, siendo el contribuyente quien realice el depósito de residuos sólidos en vertedero.

El modelo 675 CONSTA DE TRES EJEMPLARES (Carta de Pago, Talón de Cargo y Ejemplar para la Administración).

  • La Carta de Pago: corresponde al justificante de que se ha realizado el ingreso, de acuerdo con las cantidades y cuotas relacionadas en el documento, debiendo conservarlo en su poder.
  • El Talón de cargo: cuya custodia y salvaguarda corresponde a la Entidad colaboradora una vez haya recibido el ingreso.
  • Ejemplar para la Administración: el cual deberá presentar en la ACAT cuando la cuota a ingresar sea cero.

El procedimiento consta de las siguientes fases:

1. Primera fase: Confección del modelo, a través de los siguientes pasos:

  • Periodo: cumplimente el trimestre por el que se está autoliquidando
  • Sujeto pasivo: Cumplimente los datos relativos al sustituto del contribuyente, es decir, quien ostente la titularidad del vertedero en que se depositen los residuos sujetos al impuesto. Los señalados con asterisco son obligatorios.
  • Presentador: Si coincide con el sujeto pasivo consignado anteriormente, deje marcada tal circunstancia mediante X en el recuadro que corresponde. En caso contrario, desmarque dicho recuadro y cumplimente los datos relativos al presentador. Los señalados con asterisco son obligatorios.
  • Liquidación: En este apartado, adjunte el archivo Excel en que se contiene el Anexo al modelo, teniendo en cuenta las siguientes especificaciones:
    • DATOS DE CABECERA, PRIMERA LíNEA
      • Tipo de modelo: 675 numérico de tres posiciones
      • NIF Sujeto pasivo: alfa numérico de 9 posiciones
      • Período: alfa numérico de 6 posiciones
    • DATOS DE CADA REGISTRO
      • Nº documento: alfa numérico de 12 posiciones
      • Fecha: fecha formato dd/mm/aaaa
      • NIF sujeto pasivo: alfa numérico de 9 posiciones
      • Apellidos y nombre o razón social: alfa numérico de 60 posiciones
      • Cantidad residuo: alfa numérico de 11 posiciones
      • Exención: alfa numérico de 1 posición:
        • Codificación de indicadores casilla EXENCIóN:
          • Exención a de la Ley: A
          • Exención b de la Ley: B
          • Exención c de la Ley: C
          • No exento de la Ley: N

Para obtener la plantilla diríjase a la sección de Documentos Adjuntos.

Una vez cargado el archivo correctamente, se devolverá confeccionada la liquidación del modelo, teniendo en cuenta, para cantidades de residuo exentas, una cuota de cero euros y, para cantidades sujetas y no exentas, una cuota tributaria resultado de multiplicar la cantidad de residuo en toneladas (o fracción) por el tipo vigente.

Para todas aquellas autoliquidaciones confeccionadas transcurrido el periodo voluntario de presentación, la liquidación presenta el cálculo del recargo e intereses de demora que procedan. Para el caso en que exista recargo, éste se presentará minorado en el 25% en previsión del cumplimiento de los supuestos establecidos en la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, en su artículo cinco, es decir, siempre que "se realice el ingreso total del importe restante del recargo en el plazo del apartado 2 del artículo 62 de la Ley 58/2003, General Tributaria... siempre que se realice el ingreso total del importe de la deuda resultante de la autoliquidación extemporánea al tiempo de su presentación respectivamente."

Es importante conocer que los cálculos de los recargos y reducciones son siempre al día de la fecha de confección del modelo, por lo que los ingresos en días posteriores a éste, devengará otros recargos así como pueden motivar las actuaciones de aplicación de los tributos por los órganos tributarios correspondientes de la Administración Tributaria del Gobierno de Cantabria.

Durante la confección del modelo, pueden eliminar del mismo los citados recargos, así como los intereses de demora, si bien la Administración liquidará todos los recargos devengados sin reducción alguna, pudiendo iniciar el correspondiente expediente sancionador.

La suma de las cantidades CUOTA, RECARGO e INTERESES DE DEMORA, constituye el TOTAL A INGRESAR.

  • Caracteres de seguridad.

Introduzca en el campo siguiente los caracteres que aparecen en la imagen de la izquierda. Fijese de respetar las minusculas. Si los caracteres no fueran legibles, vuelva a clickar en la opción de siguiente / aceptar y aparecerá una nueva imagen de caracteres.

  • Pantalla de finalización.

La autoliquidación ha sido confeccionada. Siga las instrucciones de la pantalla.

2. Segunda fase:

Finalizado el proceso de confección del documento se recogen los datos relativos al nº de documento, N.I.F. y total a ingresar, pudiendo optar por rellenar nuevamente el modelo o proceder al pago del documento.

3. Tercera fase:

Si está de acuerdo con la liquidación y desea proceder al pago de la misma, podrá optar por:

Imprimir los tres ejemplares de la declaración-liquidación del modelo 675WEB en formato PDF, e ir a pagar a cualquiera oficina de las siguientes Entidades Bancarias Colaboradoras, donde la mecanización al realizar el ingreso tendrá efectos liberatorios en relación con el documento por Vd. confeccionado y pagado.

Seleccionar el pago a través de cualquier tarjeta de débito o crédito (excepto American Express y Diners Club) momento en el que aparecerá una pantalla con los datos básicos del documento rellenado, para proceder a su pago, debiendo introducir la información que nuestro sistema le va solicitar en pantalla, sobre la tarjeta que va a utilizar para el pago. La modalidad de pago por tarjeta que le ofrece el TPV virtual del Gobierno de Cantabria, es en modo garantizado (Comercio electrónico seguro), de tal forma que una vez introducido los datos, aparecerá en la pantalla de forma automática, el sistema de autorización del Banco o Caja que le haya facilitado la tarjeta, que procederá a autorizar la operación (con las condiciones pactadas con Vd.), la cual no se llevará a cabo en ningún caso sin la conformidad de su entidad bancaria. Una vez realizado el pago, podrá obtener los PDF correspondientes, donde aparecerá la diligencia de ingreso NRC, que tendrá efectos liberatorios en relación con el documento 675WEB por Vd. confeccionado y pagado mediante tarjeta, así como la diligencia CSV que permite comprobar la integridad del documento obtenido mediante acceso directo y gratuito en la oficina virtual de la ACAT.

Documentos adjuntos
Documento Descripción
plantilla_modelo675.xls Plantilla del modelo 675
Una vez descargado el modelo tributario, deberá imprimirlo en su impresora personal. Tenga en cuenta las siguientes instrucciones para la impresión.