ORDEN HAC/27/2014, DE 11 DE JUNIO POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 730 WEB DE SOLICITUD DE VALORACIÓN PREVIA DE INMUEBLES Y MODELO 100 WEB DE INFORMACIÓN DE VALORACIÓN DE DETERMINADOS BIENES INMUEBLES.
El artículo 90 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, establece que cada Administración tributaria informará, a solicitud del interesado y en relación con los impuestos que gestione, sobre el valor a efectos fiscales de los bienes inmuebles que, sitos en el territorio de su competencia, vayan a ser objeto de adquisición o transmisión. Para facilitar esta solicitud se incorporan a la Oficina Virtual de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria del Gobierno de Cantabria el modelo 730 WEB de solicitud de valoración previa de inmuebles, y el modelo 100 WEB de información de valoración de determinados bienes inmuebles que será de obtención inmediata para aquellos inmuebles a los que se aplica el medio de valoración establecido en el artículo 57 1 b) de la L.G.T.
La confección del modelo 730 WEB, salvo casos de exención, llevará asociada la obtención del correspondiente modelo 046 WEB para el pago de la tasa deducible, pudiéndose hacer efectivo, bien telemáticamente con su tarjeta de crédito o débito o en cualquiera de las Entidades Colaboradoras de la Recaudación del Gobierno de Cantabria que aparecen en el modelo.
No olvide presentar el modelo 730 WEB junto al justificante de pago de la tasa en la sede de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria o en cualquiera de los lugares que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.